
Especialidades / Derecho Penal / Violencia de género
VIOLENCIA DE GÉNERO
Defensa de investigados y acusados
Asistencia en comisaría o juzgado; preparación de la declaración; oposición o revisión de medidas cautelares y órdenes de alejamiento; análisis de mensajes, testigos, informes y demás prueba; instrucción, juicio y recursos.
Asistencia jurídica a víctimas
Orientación antes o después de denunciar; solicitud y seguimiento de medidas de protección cuando proceda; personación como acusación particular; propuesta y práctica de prueba; reclamación de responsabilidad civil y seguimiento del procedimiento.
Cada supuesto requiere revisar el expediente, la prueba disponible y la situación personal de quienes intervienen.
Lesiones y maltrato
Amenazas y coacciones
Maltrato habitual
Quebrantamiento de condena o medida cautelar
Órdenes de protección y alejamiento
Juicios rápidos
Instrucción, juicio y recursos

01 · Asistencia y primera valoración
Revisamos la citación, la situación inmediata y la documentación disponible.
02 · Declaración y medidas cautelares
Preparamos la intervención y valoramos las medidas que puedan plantearse.
03 · Prueba, estrategia y seguimiento
Ordenamos la prueba y acompañamos cada fase conforme evoluciona el procedimiento.
¿Qué debo hacer si me citan o detienen por violencia de género?
Conviene solicitar asistencia letrada antes de declarar y revisar la citación o la situación concreta. Cada supuesto requiere estudiar el expediente.
¿Qué puede incluir una orden de protección?
Puede incorporar medidas penales y civiles según el caso, como límites de comunicación o aproximación. Su alcance debe revisarse en la resolución concreta.
¿Se puede retirar una denuncia?
La decisión y sus efectos dependen del tipo de procedimiento y de las actuaciones ya practicadas. Es necesario analizar la situación concreta antes de tomar decisiones.
¿Cuándo se tramita un juicio rápido?
Puede tramitarse en determinados supuestos y cuando concurren las condiciones legales. La documentación y las diligencias iniciales ayudan a valorar el cauce aplicable.
¿Puede la víctima personarse como acusación particular?
Puede ser posible en función del procedimiento y del momento procesal. Revisamos la documentación para explicar las opciones disponibles con prudencia.
Atención directa para revisar su situación y orientar los siguientes pasos desde las primeras diligencias.
